La Ley Orgánica de Protección de Datos
La LOPD es el término con el comúnmente se conoce la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Esta ley tiene por objeto garantizar y proteger las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales de personas físicas.
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Cualquier entidad jurídica que trate de datos de carácter personal:
- Profesionales liberales.
- Empresas prestadoras de servicios.
- Administraciones públicas.
- Asociaciones.
- Comunidades de vecinos.
- Personas físicas.
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Cualquier información: numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a personas físicas identificadas o identificables, se considera dato de carácter personal (por ejemplo: nombre y apellidos, datos académicos, económicos, dirección de correo electrónico, datos de salud, imágenes de sistemas de videovigilancia,...).
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- Inscribir en el Registro General de Protección de Datos todos los ficheros de carácter personal
- Elaborar, implantar y mantener un Documento de Seguridad que describa y regule el tratamiento de los datos personales de que se dispone
- Regular el movimiento de datos con terceros (comunicaciones, cesiones y transferencias)
- Colaborar con la Agencia Española de Protección de Datos
- Que las personas físicas puedan ejercer todos sus derechos relacionados con la Protección de Datos
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El incumplimiento de esta ley conlleva sanciones de tipo económico, que van desde los 900,00€ hasta los 600.000,00€. Aunque dependiendo de la gravedad de los hechos los importes pueden ser superiores.
Existe una sanción adicional, en caso de infracciones de carácter muy grave, que puede llevar a la inmovilización del fichero de datos de carácter personal.
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es el ente de derecho público que vela por el cumplimiento de la normativa sobre protección de Datos Personales, actuando para ello con plena independencia de las Administraciones Públicas.
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